En agosto de 2021, el Gobierno puso en vigencia el nuevo Marco Regulatorio de Biocombustibles, que regirá hasta 2030 a partir de la ley 27.640 que dispuso nuevos parámetros de cortes obligatorios de naftas y gasoil, y creó la Comisión Especial para el desarrollo del sector.
Por medio del mismo se estableció un corte mínimo obligatorio de 12% de bioetanol, y una eventual reducción al 9% con la nafta.
En el caso del combustible elaborado a base de caña de azúcar, los volúmenes deberán ser del 6% de la mezcla mínima obligatoria, mismo porcentaje para el bioetanol a base de maíz.
Resolución 740/2022:




























































