El proyecto aprobado por mayoría fué presentado por el Edil Omar Rodríguez y busca fomentar el consumo de productos locales y sabiendo que esto trae aparejado el crecimiento de la producción local generando así un circulo virtuoso que favorece a toda la comunidad.
El Concejal Omar Rodríguez dialogó en exclusivo con RADIOMETRO, donde explicó los alcances del proyecto que será ordenanza por la aprobación por mayoría logrado en la sesión ordinaria del día, y que beneficiará no solo al productor departamental, sino también está pensado en beneficiar al comerciante que se adhiera y sume en su local la “Góndola Local” y así generar beneficios a los consumidores, proveedores y comerciantes que intervienen en el circuito de comercio del producto elaborado en el departamento, fomentando también las economías locales y porque no, la creación de más cooperativas elevando el producto interno de manofacturación.
Al respecto el Edil Rodríguez mencionó: “Vamos a impulsar el comercio local y somos conscientes que éste proyecto será un proceso que veremos los frutos tal vez dentro de 2 a 3 años, pero que una vez comenzado no tendrá fin, sino todo lo contrario, porque es darle apoyo a los productores de los alimentos que tendrán donde exhibir sus productos, vamos a incentivar a los comercios que vendan dichos productos con beneficios económicos y vamos a generar un comercio y una competencia entre los productos que llevará a mejorar la calidad del mismo y donde el estado controlará que los productos elaborados cuenten con las medidas de bioseguridad en la elaboración y donde también se beneficiará, ya que el productor, deberá inscribirse y cumplimentar con las reglas necesarias, y con ello vamos a generar lo más importante, la oferta y la demanda de cada producto haciendo funcionar la economía local y en un futuro hasta lograr que puedan exportarlos, esto tiene un comienzo, que no será fácil, pero que el estado deberá acompañar, pero no tiene fin.”
A continuación se transcribe el proyecto aprovado:
ARTÍCULO 1° – Crease el programa “GONDOLA LOCAL” con el objetivo de fomentar la oferta y demanda de productos manufacturados dentro del Dpto. Rosario V. Peñaloza, cualquiera sea su naturaleza. El Programa tiende a promover, difundir, alentar y estimular el consumo de productos de calidad elaborados enel Dpto. Rosario V. Peñaloza y asimismo apunta a la formación de conciencia en el público consumidor acerca de la importancia del desarrollo de la economía local.
ARTICULO 2º – El mismo se implementará de manera obligatoria en todas las superficies comerciales destinadas a la venta de productos alimenticios y de otros rubros, establecimientos que conforman cadenas de distribución, supermercados, autoservicios y comercios en general, instalados o a instalarse con su correspondiente habilitación, que ocupen una superficie cubierta mayor a 80 metros cuadrados.
ARTICULO 3ª – Desde el Ejecutivo se librara del 10 % de los impuestos municipales a los diferentes locales comerciales que este dentro lo establecido por el Art.2ª.
ARTICULO 4° – El Programa “GONDOLA LOCAL”, se materializará mediante la asignación de espacios relevantes en góndolas, exhibidores y/o cualquierotro tipo de stand, en lugar central y visible de los establecimientos comerciales para ofrecer en ellos los productos elaborados en nuestro Dpto. Estos espacios serán señalizados con adhesivos y cartelería con la leyenda “Producto Elaborado en el Dpto. Rosario V. Peñaloza”.
ARTICULO 5° – Serán beneficiarios del Programa “GONDOLA LOCAL”, productores, micro emprendedor y cooperativas locales que cumplan los siguientes requisitos:
a)- Elaborar, fabricar o confeccionar productos de cualquier índole en el Dpto. Rosario V. Peñaloza.
b)- Estar encuadrados dentro de la economía formal, ser tributarios del régimen fiscal y estar habilitados por los organismos municipales correspondientes, en las categorías que corresponda.
ARTICULO 6° – El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria que corresponda, actuará como autoridad de aplicación, garantizará la efectiva vinculación y articulación entre los manufactureros locales y los propietarios de los comercios obligados, como así también todo lo concerniente a su implementación y supervisión.
ARTICULO 7º – Para el cumplimiento de los objetivos del Programa, conforme con lo establecido en el Artículo 1º, el Departamento Ejecutivo, conjuntamente con la Autoridad de Aplicación, elaborará la reglamentación correspondiente y llevará a cabo las estrategias que resulten necesarias para su pleno desarrollo.
ARTICULO 8° – Dispóngase la realización de campañas de concientización e incentivo para promocionar el programa “GONDOLA LOCAL”, interrelacionando recursos entre el estado municipal y las entidades interesadas, a partir de:
1.- Incorporación de los mensajes y estrategias de campaña y promoción enfolletos a repartir junto a las Tasas Municipales.
2.- Utilización de medios masivos de comunicación.
3.- Uso de distintos medios (gráficos o digitales) para publicitar ofertas que lasfirmas interesadas generen para promoción de sus productos.
4.- Cualquier otro medio y/o herramienta tecnológica que pudiere determinarse con el mismo objetivo.
ARTICULO 9° – De forma.
PROYECTO PRESENTADO POR EL BLOQUE
“MOVIMENTO PROVINCIAL DE INTEGRACION POPULAR”



























































