Sobre el planteo de incompetencia debe opinar primero el fiscal Ramiro González, quien tiene delegada la investigación. Luego se expedirá el juez Ercolini.
En su dictamen acusatorio, cuando imputó a Alberto Fernández, el fiscal consignó que “desde fecha incierta, pero desde cuando Fabiola Yáñez comenzó un vínculo de noviazgo con Alberto Fernández, hasta la actualidad, la nombrada sufrió una relación atravesada por hostigamiento, acoso psicológico y agresiones físicas en un contexto de violencia de género e intrafamiliar (según las etapas temporales de ese vínculo afectivo)”.
El primer hecho que describió el fiscal lo sitúa en 2016, en el departamento en el que ambos convivían en Puerto Madero, en la ciudad de Buenos Aires.
“Alberto Fernández obligó a Fabiola Yáñez a realizar un aborto, a través de un plan que constituyó destrato, negación de la palabra, hostigamiento y frases como “hay que resolverlo, tenés que abortar”.
Para Yánez, que es querellante en la causa, ahí comienzan las agresiones, por lo que el caso debe permanecer en la jurisdicción de CABA.
Luego los hechos continuaron cuando pasaron a vivir a la quinta de Olivos cuando Fernández fue electo presidente de la Nación.
La querella rechazó que el caso pase a San Isidro porque se trata de episodios de violencia que tuvieron una continuidad en el tiempo, pero que comenzaron años atrás en Puerto Madero.
El pedido de Fernández sobre la incompetencia de Ercolini es un tema que se definirá en los próximos días.




























































