Jubilación anticipada: en un país de la región será a los 50

0
385
En las últimas horas se supo que el Gobierno está preparando un plan de “jubilación anticipada”, para que algunos trabajadores puedan acceder antes de los 60 años, pero en el caso de Perú a partir del 1 de septiembre entró en vigencia la Ley 31332, que establece los 50 años como la edad mínima para jubilarse, tanto para hombres como para mujeres.

Según trascendió en las últimas horas, el Gobierno nacional está elaborando un proyecto para que las personas con 30 años de servicios y tengan cumplidos los 55 años en el caso de los hombres y 52 en el de las mujeres puedan jubilarse de forma anticipada, medida que ya puso en práctica Perú.

Desde el 1 de septiembre, y con previa aprobación del Congreso peruano, entró en vigencia la Ley 31332 que establece los 50 años como la edad mínima para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), tanto para hombres como para mujeres.

Los requisitos para acceder a la jubilación anticipada en Perú

  •  Tener 50 años cumplidos al momento de solicitar el beneficio.
  • Procede a la jubilación cuando el afiliado mayor de 50 años así lo disponga, siempre que obtenga una pensión igual o superior al 40% del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses, debidamente actualizadas deduciendo las gratificaciones.
  • Para el cálculo de la pensión antes señalada no se consideran los aportes voluntarios con fin previsional o sin fin previsional que excedan el 20% de la cuenta individual de capitalización de aportes obligatorios con una permanencia menor a nueve meses en la CIC.
  • La jubilación anticipada da derecho a la redención del Bono de Reconocimiento a los dos años siguientes de su acogimiento o cuando el afiliado cumpla 65 años, lo que suceda primero, aun cuando se hayan agotado con anterioridad los fondos de la cuenta individual de capitalización del afiliado y previa información de la Administradora privada de Fondos de Pensiones (AFP) de los afiliados calificados para acceder a este régimen.

A quién alcanzaría el proyecto de jubilación anticipada en la Argentina

  •  Quienes trabajen en lugares o ambientes que hayan sido declarados insalubres por autoridad nacional competente (Decreto 4257/68 Art. 1°, Decreto 121/77 Art. 2°) Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años, con 30 años de aportes.
  • Personas que hayan trabajado en la Antártida e Islas del Atlántico Sur. Decreto 4257/68 – Art. 4°. Edad: Hombres y mujeres, 55 años. Servicios: 30 años.
  •  Ferroviarios: Personas que hayan realizado tareas de maquinista o su equivalente, foguista o equivalente, cambista o capataz de cambista, aspirante de conducción o señaleros ferroviarios. Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años. Servicio: 30 años.
  •  Gráficos: Tipógrafos y linotipista, bajo relación de dependencia. Edad: Hombres, 55 años. Servicios: 30 años.
  •  Mineros: Tareas mineras a cielo abierto. Personal realizando labores de obtención directa de productos mineros. Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años. Servicios: 30 años.
  •  Personal de la industria cárnica: Personas que se hayan desempeñado en la industria. Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 50 años. Servicios: 30 años y 27 años.
  •  Personal de Salud: Para personas que hayan realizado tareas de contacto directo con los pacientes de leproserías, salas o servicios de enfermedades infecto – contagiosas, hospitales de alienados o establecimientos de asistencia de diferenciados mentales. Personas que hayan trabajado en Sanatorios y Hospitales en tareas de radioscopía. Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años. Servicios: 30 años
  •  Personal de seguridad operativa industrial: Con función permanente en plantas de elaboración o fraccionamiento de combustibles líquidos de primer grado. Edad: Hombres, 55 años. Servicios: 30 años.
  •  Personal de servicios eléctricosEdad: Hombres, 55 años. Servicios: 30 años.
  •  Personal de transporte de carga: Personal dedicado a la construcción de vehículos automotores de transporte de carga. Relación de dependencia. Edad: Hombres, 55 años. Servicios: 25 años.
  •  Trabajadores de la construcción Edad: 55 años para hombres y mujeres, y 25 años de servicio con aportes, con al menos 12 de los últimos 15 años trabajados en el sector.
  • Transportistas: Conductores de ómnibus o vehículos de transporte colectivo de personas pertenecientes a líneas urbanas, interurbanas o de larga distancia. Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años. Servicio: 30 años.
Gracias por calificar! Ahora puedes decirle al mundo como se siente a traves de los medios sociales.
Lo que acabo de ver es..
  • Raro
  • Asqueroso
  • Divertido
  • Interesante
  • Emotivo
  • Increible

Dejá una respuesta