Marcelo Sosa – Esteban Olivera
  En vista de las constantes infracciones a ordenanzas estipuladas y despu??s de dos a??os de notificaciones, desde el ??rea de obras p??blicas, bromatolog??a y medio ambiente, se anunci?? en la ma??ana de hoy en conferencia de prensa, que a partir del d??a lunes veinte del corriente mes se aplicaran multas a aquellos infractores que incumplan las normas.

  Esto tiene como objetivo, minimizar el impacto ambiental y preservar la salud p??blica. Promover la participaci??n de la poblaci??n en el cuidado de toda la cuidad de Chepes y sus alrededores. Hacer cumplir la totalidad de las disposiciones legales y reglamentarias, con facultades para aplicar multas.

Se aplicaran multas a infracciones como:

ORDENANZA N?? 239: Obligatoriedad de cartilla medica sanitaria a todos los locales y vendedores ambulantes que posean para la venta productos para consumo humano.

ORDENANZA N?? 318: Animales sueltos en rutas provinciales y nacionales.

ORDENANZA N?? 514/98: Aguas servidas y terrenos bald??os.

ORDENANZA N?? 659: Medidas tendientes a prevenir la propagaci??n de focos infecciosos.

ORDENANZA N?? 781: Protecci??n y preservaci??n del arbolado p??blico.

ORDENANZA N?? 809: Prohibici??n de tenencia, crianza, y formaci??n de corrales de animales equinos, bovinos, porcinos, mular, y aznar en el eje urbano.

ORDENANZA N?? 818: Ruidos molestos o sonidos que causen disturbio a la poblaci??n.

ORDENANZA N?? 864/05: Prohibido a propietarios de desarmaderos y talleres mec??nicos el dep??sito de veh??culos en la v??a p??blica.

ORDENANZA N?? 6260/06: Protecci??n y conservaci??n del quebracho y algarrobo.

ORDENANZA N?? 910: Reglamentaci??n del dep??sito de materiales de construcci??n en las veredas.

ORDENANZA N?? 928: Reglamentaci??n de la quema de residuos urbanos a personas autorizadas y prohibici??n a las no autorizadas.

ORDENANZA N?? 999/09: Medidas de prohibici??n del dengue ( descacharreo, focos infecciosos y todos aquellos que puedan impulsar la propagaci??n del mosquito).

ORDENANZA N?? 1.116/16: Prohibido arrojar basura en lugares inapropiados.

Las multas a tales infracciones ir??n, desde las 20 a 300 unidades fiscales. El agente que compruebe la infracci??n, labrara el acta correspondiente, entregara copia al infractor y otra ser?? para la jueza de faltas, luego se lo citara a comparecer ante el juzgado de faltas del departamento Rosario Vera Pe??aloza.

Marcelo Sosa, quien est?? a cargo de la Secretaria de Obras P??blicas, mencion?? que: ???Se va a empezar a trabajar con el juzgado de faltas, aplicando las multas correspondientes para aquellas personas infractoras, porque ya llevamos mucho tiempo llevando notificaciones y no funciono, as?? que tendremos que poner mano dura en este aspecto.???

???Se hizo la limpieza de todas las entradas a la ciudad, tenemos el basural se??alizado y todo y aun as?? arrojan la basura en cualquier lugar. Hay que recordar que todos pasan por nuestra ciudad y lo primero que ven es la basura que arrojan en cualquier lado.???

???Entre todos podemos colaborar para que se cumplan las normas establecidas y tengamos las calles, las veredas y la ciudad en general limpia.???

Dejá una respuesta