Según aseveró Mercado “en un trámite relámpago, por ante la Cámara de Diputados de la Provincia de La Rioja, en sesión celebrada el día 04/06/2020, se designa como integrante del Superior Tribunal de Justicia al Dr. Claudio Nicolás Saúl, quien hasta la fecha ejercía el cargo de Diputado por el Departamento Rosario Vera Peñaloza” añadiendo que “la premura de la designación me llevó a pensar el porqué de tanto apuro, y obligatoriamente tuve que analizar, a la luz de la Constitución de La Provincia de La Rioja, si el Diputado propuesto por el Sr. Gobernador de la Provincia, para integrar el STJ, cumplía con los requisitos constitucionales, pues desde siempre los ordenamientos constitucionales consagran requisitos, que son ineludibles al momento de la designación de los jueces”.
Ante esta disyuntiva, el letrado remarco que “en ese afán, debo señalar que el Art. 141 de la Constitución de la Provincia de La Rioja, cuando establece los requisitos para ser Juez, además de la condición de abogado con 8 años de ejercicio profesional, establece ‘en todos los casos se requiere ser argentino con dos años de residencia y matricula de abogado efectivas e inmediatas, y previo a su designación en la provincia’”, del texto constitucional surge que el Dr. Saúl, “para poder ser designado, debía haberse encontrado ejerciendo la profesión de abogado durante dos años inmediatos anteriores a su designación, pues no basta el simple título de abogado, con el agravante que en el caso particular del Dr. Saúl, conforme se desprende de los registros del Consejo Profesional de Abogados, se encuentra su matrícula suspendida desde el año 2006” por lo que “siendo de público y notorio conocimiento en la provincia, que el Dr. Saúl fue Diputado Provincial, Intendente del departamental, Ministro de Gobierno, y por dichas funciones estaba inhabilitado para ejercer la profesión de abogado”.
Para finalizar asegurando “no cumple con un requisito constitucional, y por ende, el Decreto de Designación de la Cámara, es contrario a la Constitución y debe ser declarado inconstitucional, y no tomar el Superior Tribunal de Justicia, juramente para que integre dicho cuerpo”, concluyó Mercado.



























































