El Instituto Colombiano del Dolor (Incodol) comunicó la cancelación luego de hacer lugar a una revisión con un comité científico
La decisión se basó, explicaron, en el numeral 26.6 del artículo 26 de la Resolución 971 de 2021 del Ministerio de Salud, que instrumenta al Comité a revisar el trámite de la solicitud y el procedimiento eutanásico completo, a fin de detectar alguna situación que afecte a la intervención asistida.
En ese sentido, remarcó: “Es por eso que, al contar con un concepto actualizado del estado de salud y evolución de la paciente, se define que no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité”.
Colombia la práctica en 1997 pero recién la convirtió en ley en 2015, en medio de críticas de distintos movimientos religiosos.
En tanto que para julio de 2020, la Corte Constitucional del país extendió el derecho a una muerte digna a aquellos que padezcan “un intenso sufrimiento físico o psíquico” por causa de una lesión o enfermedad incurable.




























































